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POLICIALES

14 de octubre de 2025

Las claves de la condena a un comisario por el abuso sexual a una policía subordinada en Vera y Pintado

La jueza Celeste Minniti dio a conocer los fundamentos de la condena al comisario Jorge Rojas por el abuso sexual de una policía subordinada en Vera y Pintado

Un comisario de Vera y Pintado, identificado como Jorge Rojas, fue condenado a seis años de prisión por el abuso sexual de una policía subordinada. La condena fue impuesta en marco de un juicio oral y público realizado en agosto en los Tribunales de Santa Fe ante la jueza Celeste Minniti.

La magistrada dio a conocer los fundamentos de la condena a Rojas, y además de dar por probados los tres hechos de abuso imputados, también requirió al Poder Ejecutivo provincial tomar medidas positivas para prevenir y tratar este tipo de hechos en las fuerzas de seguridad.

Rojas fue llevado a juicio por el fiscal de Violencia Institucional, Ezequiel Hernandez, y los abogados querellantes Carolina Walker Torres y Matías Pautasso, quienes habían reclamaron 5 y 10 años de prisión respectivamente.

La jueza Minniti dio a conocer los fundamentos de la condena al comisario Jorge Rojas por abuso sexual

Los hechos de abuso ocurrieron entre 2020 y 2022, en el lugar de trabajo donde Rojas era Jefe de Zona, con poder institucional y autoridad directa sobre la denunciante, C.G., quien pudo dar precisiones acerca de tres hechos concretos. Durante el juicio se pudo probar que Rojas fue el autor de res episodios reiterados y consistentes de abuso sexual, mientras ambos prestaban funciones en la Comisaría Octava de Vera y Pintado.

Las claves de la condena por abuso sexual

  • Aprovechamiento de la Jerarquía y la Función Policial: El abuso sexual reiterado atribuido a Rojas contó con el agravante de haber sido cometido por personal policial en ejercicio de sus funciones, aprovechando la jerarquía superior que Rojas ostentaba sobre la víctima (era Comisario Supervisor y Jefe de Zona).
  • Coherencia y Verosimilitud del Testimonio de la Víctima: El relato de la víctima se destacó por ser claro, coherente, estructurado, detallado, y sostenido a lo largo del tiempo y en distintas instancias. La declaración de la víctima constituye una prueba fundamental (ver "El relato de la denunciante").
  • Corroboración Testimonial y Documental: Este relato fue corroborado por múltiples elementos probatorios y por la declaración de los testigos, que dieron cuenta de los mismos hechos y no hubo contradicciones entre sus dichos.
  • Contexto de Violencia de Género e Institucional: Se determinó que los hechos ocurrieron en un contexto de violencia de género e institucional. El fallo de Minniti destaca que la agresión sexual es un tipo particular de agresión que suele darse en ausencia de otras personas, y la dinámica de la violencia se desarrolla en ámbitos de intimidad y aprovechando situaciones de soledad.
El juicio al comisario Rojas se realizó en los Tribunales de Santa Fe
  • Estrategias de Evasión de la Víctima: Se resaltaron las múltiples estrategias que la víctima desplegó para evitar quedarse a solas con Rojas (pedirle a su pareja o compañero de trabajo que se quedaran con ella o la acompañaran para evitar encontrarse a solas con Rojas), las cuales consumieron una gran cantidad de energía psíquica y demuestran la continuidad del acoso.
  • Daño Psíquico Grave y Consecuencias Expansivas: En el juicio se demostró que la víctima sufrió consecuencias devastadoras que afectaron su salud mental, carrera profesional y vida personal. Se destacaron los indicadores de angustia, llanto, estrés postraumático, hipervigilancia, miedo permanente y, en un momento, intento de suicidio.
  • Doble Vulnerabilidad de la Víctima: Rojas se aprovechó de la condición de vulnerabilidad de la víctima, agravada por su experiencia previa con un hecho similar, que Rojas conocía por su cercanía familiar, y su aislamiento.
  • Falla de Contención Institucional y Revictimización: Se enfatizó que la institución policial no solo no puso límites, sino que funcionó como una "red de encubrimiento y disciplinamiento". La víctima fue revictimizada y desplazada, y Rojas, en cambio, continuó trabajando en diferentes funciones y estigmatizando a la víctima.
  • Actitud Posterior al Delito y Falta de Arrepentimiento: Se valoró como agravante la falta total de arrepentimiento y la actitud ofensiva y despectiva del imputado durante el proceso judicial. El imputado, además, sometió a la víctima a una especie de careo frente a su familia después del develamiento.
Ezequiel Hernández, fiscal de la Unidad de Violencia Institucional

El relato de la denunciante

Los fundamentos de la jueza Minniti, a los que tuvo acceso AIRE, se refieren de manera extensa y central al testimonio que brindó la denunciante en el inicio del debate. Su declaración es considerada como una prueba fundamental en el proceso.

La magistrada destaca que el relato fue claro, coherente, estructurado, detallado y sostenido a lo largo del tiempo, en distintas instancias y ante diferentes personas. C.G. no se contradijo en sus dichos y logró describir con gran detalle el lugar de los hechos, gestos, la secuencia cronológica y demás circunstancias.

En los fundamentos se repasa también el impacto emocional que tuvieron los hechos; la mujer reveló de manera gradual de lo ocurrido: primero habló con su compañero y luego a su prima, esposa del acusado, antes de realizar la denuncia formal en Asuntos Internos.

La jueza recordó cómo la denunciante exhibió "severos indicadores de angustia" al referirse a lo sucedido: interrumpía su relato con llanto y exclamaciones de dolor, lo que fue observado por otros testigos y la psicóloga, quien lo consideró como síntomas compatibles con estrés postraumático.

Además, el relato de C.G. se encuentra corroborado por otros testigos que declararon en el juicio y por prueba objetiva, como por ejemplo, llamadas telefónicas a las que hizo referencia la denunciante.

Finalmente, en cuanto al intento de desacreditación del relato de la denunciante por parte de la defensa, que intentó atribuir la denuncia a celos o a un padecimiento psicopatológico de la víctima, y sugirió que existía una "supuesta motivación" para denunciar falsamente.

La jueza sostuvo que esta postura defensiva carecía de sustento probatorio y se basó en estereotipos de género: Minniti advirtió que la defensa intentó desvirtuar o desacreditar el testimonio de la víctima "implantando estereotipos". La teoría defensiva, al intentar basarse en la supuesta irracionalidad o pasionalidad de la denunciante, reflejó una "representación estereotipada" de la mujer (histérica o vengativa) para desacreditar el relato. En tanto, no se comprobó ninguna presunta “motivación” para denunciar hechos, a decir de la defensa, inexistentes.

La jueza recordó que la defensa intentó producir prueba sobre una supuesta "ultraintención" que solo se sostuvo en dichos de la esposa del imputado y en una supuesta personalidad conflictiva de la víctima.

Carolina Walker y Matías Pautasso, abogados querellantes

Crítica a la Policía y directiva a la Administración

Por último, la jueza realizó directivas y recomendaciones en torno a la necesidad de una reforma estructural para prevenir la revictimización y el encubrimiento en la institución policial.

Minniti requirió al Poder Ejecutivo de la Provincia que, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad y/o la Secretaría de Mujeres, Género y Diversidad (o la dependencia que corresponda), ejecute un plan integral a fin de adoptar medidas eficaces y concretar el abordaje de situaciones y denuncias de violencia en función del género por parte de personal policial.

La jueza entiende que así se podrán prevenir nuevos hechos de victimización ante casos similares y evitar la estigmatización de las mujeres en función policial que denuncian abusos sexuales.

Los fundamentos de Minniti remarcan también las fallas sistémicas detectadas en el presente caso (la dificultad para visibilizar y denunciar el acoso sexual, y el hecho de que la víctima fue violentada por su superior en jerarquía y funciones), que evidencian que el caso debe servir como "puntapié para una reforma estructural al interior de la organización policial de la Provincia de Santa Fe".

El fallo judicial reclama al ejecutivo provincial medidas efectivas para evitar la revictimización en la institución policial

La jueza destaca que esta reforma debe ser en miras a la prevención de una nueva forma de victimización de aquellas mujeres de la fuerza que recurren a la institución a denunciar, y en lugar de encontrar respuesta, son sancionadas por haber denunciado.

En este caso, la Querella argumentó que la institución policial no sólo no puso límites, sino que funcionó como una "red de encubrimiento y disciplinamiento". Cuando las mujeres policías denuncian, suelen primar el encubrimiento de los responsables, mientras que las denunciantes se atreven a hablar resultan sancionadas mediante mecanismos disciplinadores, como el uso de la "carpeta psiquiátrica", repasa el fallo judicial.

En este contexto, la querella argumentó en sus fundamentos que el caso no solo debía juzgar la conducta del agresor, sino también el modo en que las instituciones del Estado permitieron que el poder patriarcal se convierta en herramienta de abuso, silencio y exclusión.

Ante este reclamo, la jueza advirtió que se debe efectuar una revisión concienzuda y sincera de los métodos y modalidades de gestión de la policía para mejorar y rectificar la situación, a fin de evitar futuros episodios similares.

Fuente: Aire Digital

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