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ROSARIO

11 de noviembre de 2017

Nuevas pautas para fiscales

La orden de Arietti es que "toda solicitud de intervenciones telefónicas e interceptación de correspondencia y/o cualquier comunicación privada (incluidas las redes sociales) deberán ser debidamente fundadas por los órganos fiscales".

Las escuchas al ministro de Seguridad, Maximiliano Pullaro, que era investigado en una causa judicial por supuesto "incumplimiento de deberes de funcionario" tuvo otra consecuencia en el Ministerio Público de la Acusación. El fiscal regional de Santa Fe Carlos Arietti sacó una resolución que obliga a los fiscales a cargo de las investigaciones a identificar al "titular o usuario" de una línea telefónica antes de pedirle a los jueces de garantías el monitoreo de las comunicaciones y la solicitud deberá estar "debidamente fundada". El filtro al que llamó "protocolo" ya se aplica en Rosario y en Rafaela y será "provisorio" hasta tanto el fiscal general Jorge Baclini dicte el "definitivo" que unificará el criterio en toda la provincia. La resolución de Arietti se conoció ayer, aunque la firmó el 1º de noviembre, es decir, cinco días después de haber impedido que el fiscal Roberto Apullán indague al ex jefe de la Unidad Regional V de Rafaela Adrián Rodríguez y le informe las evidencias de la causa, entre ellas las escuchas que involucran a Pullaro. Apullán había convocado la audiencia imputativa el 26 de octubre, a las 8.30, pero Arietti le notificó sobre la hora que era incompetente y lo había desplazado de la investigación 14 días antes, el 12 de octubre. Arietti comunicó por escrito las "nuevas pautas" que los fiscales deberán cumplir antes de solicitar a los jueces la intervención de una línea telefónica y una de ellas es el rastreo del usuario, según informó la colega Ivana Fux. El protocolo, que ya rige en Rosario y Rafaela, es provisorio, hasta tanto se dicte el definitivo, que tendrá vigencia en toda la provincia. El retiro de las escuchas se realizará diariamente desde la Oficina de Gestión Judicial. La orden de Arietti es que "toda solicitud de intervenciones telefónicas e interceptación de correspondencia y/o cualquier comunicación privada (incluidas las redes sociales) deberán ser debidamente fundadas por los órganos fiscales" que, a su vez, deberán consignar en el pedido de autorización al juez, una serie de datos. Entre ellos: nombre del fiscal que solicita la medida, número de la causa, Unidad Fiscal, motivo o fundamento que justifica la intervención, número de teléfono, correo electrónico, cuenta o pieza postal a intervenir" y el nombre del "titular, usuario o persona que detenta" la línea o "cualquier otro dato que permita identificarla". Más, "los datos del imputado", el tiempo de la escucha y "cualquier otra información pertinente a los fines" de que el juez "decida sobre la medida", agregó. El retiro de las escuchas se realizará diariamente desde la Oficina de Gestión Judicial. Está claro que la decisión de Arietti es una consecuencia del caso Pullaro, a quien el juez Nicolás Falkenberg ordenó intervenirle el teléfono, pero sin saber, ni él ni los fiscales Apullán y María Laura Martí, que la línea era del ministro de Seguridad. La escucha comenzó el 30 de setiembre en una investigación por supuestos "delitos contra el Estado y falsificación de documentos públicos", que ya tenía líneas intervenidas desde el 22 de setiembre. La fiscal Martí la fundamentó al descubrir dos hechos que comunicó al juez: un intento para "entorpecer la investigación con la participación de individuos" que no eran investigados. Y una maniobra que definió como "la utilización de contactos políticos" para que ambos fiscales (ella y Apullán) "recibamos una advertencia". "Aprovechar la fluidez de las comunicaciones es imprescindible para continuar con la investigación y establecer la titularidad" de los teléfonos, planteó.

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