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SOCIEDAD

24 de julio de 2020

Extienden por dos meses más la prohibición de despidos sin causa

En las próximas horas el presidente firmará el decreto. La actual normativa vence el 31 de julio y la prolongarán hasta el 30 de septiembre.

En un escenario complejo y con retracción laboral por efecto de la recesión y la pandemia, el gobierno decidió extender hasta el 30 de septiembre la prohibición de los despidos sin causa y las suspensiones unilaterales. Un decreto de necesidad y urgencia que se publicará en las próximas horas prorroga por 60 días la imposibilidad de cesantías que, con la actual normativa, dejaba de regir el 31 de julio.

   Así el gobierno se inclinó a favor de los reclamos sindicales y despejó la inquietud que existía respecto de la caída del instrumento en conflictos como el de la línea aérea Latam.

   El DNU tendrá las mismas características que el primero dictado en la cuarentena, el 329/2020, que rigió hasta mayo, y el que ordenó continuar con la cobertura hasta fin de este mes: prohíbe “efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor” por 60 días más, es decir hasta fin de septiembre, y también “efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo”.

   Al igual que en las anteriores ocasiones quedarán exceptuadas de la prohibición las suspensiones acordadas con el sindicato correspondiente.

   La prórroga de la prohibición de despidos terminó de resolverse ayer con la circulación del DNU entre los ministerios para complementar la firma de Alberto Fernández y luego de que la cartera laboral, de Claudio Moroni, elaborara el borrador de la norma.

   El reclamo a favor de la continuidad de la norma estuvo al tope de negociaciones discretas de la CGT pero formaba parte de la agenda del grueso del sindicalismo argentino a raíz de la crisis en el mercado laboral derivada de la pandemia.

   A partir de la cuarentena todos los funcionarios y los especialistas del rubro advierten sobre un aumento de la desocupación (así como de la pobreza y la indigencia) e incluso la consultora Ecolatina prevé un salto de cinco puntos porcentuales, del actual 10,4% a un valor cercano a 15 por ciento, a la salida todavía incierta del aislamiento social, preventivo y obligatorio.

   Casos como el de Latam reactualizaron la mirada sobre la norma antidespidos: Trabajo rechazó esta semana la apertura de un procedimiento preventivo de crisis (PPC) que había pedido la compañía para efectuar despidos con indemnizaciones reducidas.

   Aunque los datos oficiales marcan una importante caída del empleo asalariado formal, en el gobierno consideran que esa pérdida de puestos de trabajo sería superior si no se adoptan esas medidas y no estuviera vigente la doble indemnización para los despidos sin causa. Atribuyen la caída del empleo a que las empresas no reponen el personal que renuncia o se jubila y a los “retiros voluntarios”.

   Los datos del Ministerio de Trabajo marcan que en abril —el primer mes completo de cuarentena— se registraron 186.000 trabajadores menos en relación marzo, la caída mensual más alta desde el comienzo de la serie en enero de 2012.

   A su vez, en el marco de las suspensiones acordada entre la CGT y la Unión Industrial (UIA) para los sectores afectados por la cuarentena, 60.000 empresas suspendieron a 715.000 trabajadores —el 12% de los asalariados del sector privado— con una reducción de hasta el 25% sobre los salarios.

   Pese a este instrumento legal que protege al trabajador en tiempo de crisis como esta, muchos empresarios prevén la reducción y suspensión de su planta de personal.

   Al menos así lo indicaron en una encuesta reciente hecha por el Instituto para el Desarrollo Empresarial (Idea).

   El sondeo reveló que tanto las grandes empresas como las medianas, prevén una disminución en sus plantillas en lo que resta del año, junto con una sostenida caída en la rentabilidad de las compañías, entre otras cuestiones.

   El relevamiento también reflejó que el teletrabajo —factor predominante en ocho de cada 10 empresas entrevistadas— permitió a la mayoría de las compañías el mantenimiento e incluso un aumento de la productividad.

 

Prorrogan vencimientos de Ganancias y Bienes Personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip) prorrogó hasta mediados de agosto los plazos para presentar las declaraciones juradas determinativas y pagar los saldos correspondientes a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales.

   A través de un comunicado, la Afip indicó que la medida también alcanza al vencimiento del impuesto cedular, y en los tres casos operarán entre el 11 y el 13 de agosto.

   “La medida estaba en carpeta pero la decisión se toma ahora. No se podía anticipar porque se busca maximizar la recaudación de los impuestos en el actual escenario. En particular garantizar el pago de Bienes Personales que es uno de los más progresivos”, explicaron fuentes del organismo que conduce Mercedes Marcó del Pont.

   Precisamente ayer, la Afip oficializó la extensión hasta el 31 de agosto próximo, del plazo para presentar las declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales, a través de la Resolución General 4767/2020 publicada en el Boletín.

   En la misma normativa elevó de $ 1,5 millón a $ 2 millones anuales el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada de Ganancias.

   Con respecto a la prórroga hasta mediados de agosto de las declaraciones juradas determinativas y los saldos resultantes, la Afip destacó que la medida “busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio”.

   Remarcó que “la presentación de ambos impuestos estaba prevista originalmente para mediados de junio”, y precisó que “con esta medida el organismo concreta una segunda prórroga de los vencimientos y beneficia a 2 millones de contribuyentes”.

   Destacó que “la medida que será publicada en el Boletín Oficial forma parte del conjunto de herramientas ofrecidas por la Afip para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias”.

   “Con ese objetivo el organismo también definió, a comienzos de la semana, postergar hasta el 31 de agosto del plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas de Ganancias y Bienes Personales, y el incremento de $ 1,5 millón a $ 2 millones del umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben realizar una declaración jurada informativa”, concluyó la Afip.

fuente: la capital

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