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POLITICA

7 de julio de 2020

La Rioja vuelve a la Fase 1: confirmaron 14 nuevos infectados

Lo anunció el gobernador de la provincia, Ricardo Quintela. La medida rige desde la cero hora del 9 de julio hasta la cero hora del 27 del corriente mes.

07/07/2020 - 14:56 Política

El gobernador de La Rioja, Ricardo Quintela, decidió el regreso a Fase 1 de toda la provincia y extendió el aislamiento social, preventivo y obligatorio desde las cero horas del jueves 9 de julio hasta las cero horas del 27 de julio, luego de la confirmación de 14 nuevos casos de coronavirus. 

“Quiero comunicarles que, luego de un profundo debate en el día de ayer (por este lunes) y de conocidos los resultados epidemiológicos de anoche, nos volvimos a reunir junto a la vicegobernadora, las autoridades de la Cámara de Diputados y el conjunto de los ministros, y el Comité Operativo de Emergencia compuesto por epidemiólogos, infectólogos y bioquímicos, y tomamos esta decisión", anunció el mandatario. 

La mayoría de los pacientes afectados fueron internados en el Hospital de Clínicas de La Rioja.

Indicó que las personas deberán permanecer en su residencia habitual o en la que se encuentren a partir de las cero horas del jueves, debiéndose abstenerse de concurrir a sus lugares de trabajo. Tampoco podrán desplazarse por rutas, vías y espacios públicos, salvo para cuestiones indispensables como el aprovisionamiento de artículos de limpieza, medicamentos y alimentos. Con igual propósito, las fronteras de la provincia permanecerán cerradas. 

Se suspenden, además, los servicios de taxis y remises, cobranza de impuestos y servicios, la actividad registral nacional y provincial; así como las actividades recreativas, religiosas y deportivas; servicios profesionales y de oficios del hogar que fueron habilitadas recientemente. 

Al respecto, se precisó que quedan exceptuadas del cumplimiento del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” y de la prohibición de circular, las personas afectadas a las actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia, debiendo limitarse su desplazamiento al estricto cumplimiento de esas actividades y servicios. 

Integran este grupo: personal de salud, fuerzas de seguridad, Fuerzas Armadas, actividad migratoria, servicio meteorológico nacional, bomberos; autoridades superiores de los gobiernos nacional, provinciales, municipales y trabajadores convocados para garantizar actividades esenciales requeridas por las respectivas autoridades. 

La Policía de La Rioja efectúa rigurosos controles vehiculares.

 

También personal de los servicios de Justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes; el personal que se desempeña en los servicios de comunicación audiovisuales, radiales y gráficos; personas que deban asistir a otras con discapacidad, familiares que necesiten asistencia, a personas mayores, a niños, a niñas y a adolescentes; aquellas que deban atender una situación de fuerza mayor o las que estén afectadas a la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones (no estando autorizadas actividades que signifiquen reunión de personas) o a la atención de comedores escolares, comunitarios y merenderos. 

Igualmente, la excepción alcanza a supermercados mayoristas y minoristas y comercios minoristas de proximidad; farmacias; ferreterías; veterinarias; de provisión de garrafas; industrias de alimentación, su cadena productiva e insumos; de higiene personal y limpieza; de equipamiento médico, medicamentos, vacunas y otros insumos sanitarios. 

A estas se suman actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización agropecuaria y de pesca; actividades de telecomunicaciones, Internet fija y móvil y servicios digitales; y actividades impostergables vinculadas con el comercio exterior. 

Tampoco son alcanzados el servicio de recolección, transporte y tratamiento de residuos sólidos urbanos, peligrosos y patogénicos; el mantenimiento de los servicios básicos (agua, electricidad, gas, comunicaciones, etcétera) y atención de emergencias; el reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, de limpieza y otros insumos de necesidad; servicios postales y de distribución de paquetería; de vigilancia, limpieza y guardia.

 

fuente: el liberal

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