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INTERÉS GENERAL

21 de noviembre de 2017

¿Pirotecnia Cero?: estas fiestas no serán tan en paz

Fue aprobada hace poco más de un mes por el Concejo y declara a Santa Fe territorio libre de pirotecnia. Pero en su articulado señala que la aplicación será progresiva durante los próximos dos años. La Municipalidad deberá informar que explosivos podrán comercializarse.

El pasado viernes 13 de octubre El Litoral publicaba un artículo bajo el título “Chau pirotecnia: el Concejo prohibió su uso y venta, y habrá fiestas en paz”. Sin embargo ahora hay que decir que este diciembre no será tan así, ya que la nueva Ordenanza que regula la manipulación de pirotecnia en la ciudad permitirá su uso tanto este año y el que viene. La posibilidad de uso de pirotecnia se abre debido a que un artículo de la norma aprobada por unanimidad por los concejales y tras 6 años de discusiones y espera, contempla una “instrumentación progresiva” de la prohibición de venta y manipulación de pirotecnia en el ámbito santafesino (ver relacionada El artículo...). La misma señala además que es el Ejecutivo Municipal el encargado de definir dicha instrumentación “debiendo otorgar mayor plazo de aplicación en aquellos explosivos que ocasionan menor impacto ambiental y peligrosidad en su manipulación y uso”. Sólo hay dos excepciones: el uso de “fuegos artificiales visuales” por parte de particulares e instituciones públicas o privadas (en tanto se trate de la organización y realización de espectáculos), previa autorización del Ejecutivo o aplicación competente designada por éste; y de las Fuerzas Armadas y de Seguridad y a sus integrantes “en el ejercicio de sus funciones específicas”. La ordenanza sancionada no olvida dar una definición: “Se considera artificio pirotécnico o de cohetería al destinado fundamentalmente a producir combustión o explosión, efectos visibles mecánicos o audibles, estando incluidos todos aquellos que se enciendan y accionen mediante el uso de mecha, combustión o ficción”. Habilitados Así las cosas, durante estas fiestas retumbarán bombas de estruendo y fuegos artificiales en la ciudad. Contrariamente a lo que algunos presuponían (sobre todo los proteccionistas de animales y familiares de niños con autismo), los vecinos estarán habilitados a utilizar pirotecnia, en el grado en que el Municipio lo permita. En ese sentido, el gobierno local todavía no informó qué tipo de elementos estarán permitidos y cuáles no. Tampoco fueron notificados hasta el momento los comercios de venta de pirotecnia en la ciudad. “Hasta ahora lo que sabemos es lo que salió en El Litoral, y estamos a la espera de que el Municipio nos notifique”, dijo Agustina, una vendedora del comercio de pirotecnia Free Colours, ubicado en Necochea y Pedro Zenteno. “Después de notificados veremos qué podremos vender este año”, agregó. Comerciantes El mayor impacto que buscan evitar los comerciantes de pirotecnia es el financiero. Como cada temporada, muchos se abastecieron de productos con vistas a las fiestas de fin de año, tanto para la venta al público como mayorista, durante los meses de junio y julio. “Tenemos un capital invertido”, señaló Agustina, “nos hubiera gustado que la norma saliera a principio de año para poder proyectar nuestra inversión”. Por su parte, los fabricantes de pirotecnia se reunieron con las autoridades municipales a fines de octubre. En dicho encuentro las empresas recibieron la información de que podrán comercializar “ciertos artículos”, pero no les especificaron cuáles estarán permitidos en estas fiestas y cuáles saldrán de circulación. “Hay que adaptarse a las ordenanzas y a lo que el Municipio disponga”, reflexionó la vendedora de pirotecnia. “Incrementaremos el rubro de cotillón y vajilla descartable”. Multas Quienes no se ajusten a la nueva normativa quedarán expuestos a percibir sanciones. Dice la ordenanza que la primera infracción será penada con multa de (el valor de) un salario mínimo, vital y móvil (que desde el 1º de julio de 2017 está fijado en 8.860 pesos) y decomiso de mercadería. En la segunda infracción, la multa será el equivalente a dos salarios mínimo, vital y móvil, decomiso de mercadería y clausura del comercio por un día; y la tercera infracción, multa de tres o cuatro salarios mínimo, vital y móvil, decomiso de la mercadería y clausura del comercio de dos o cinco días. Transcurridos los dos años de sancionada la norma, es decir, desde las fiestas navideñas de 2019, quedará prohibida la tenencia, fabricación, manipulación, circulación, transporte, comercialización, depósito y expendio al público mayorista y minorista y uso particular de pirotecnia o cohetería en el ámbito de la ciudad. En limpio: no más estruendos en las fiestas navideñas, ni en los eventos públicos ni privados, ni en ninguna otra actividad. El artículo que habilita la venta de pirotecnia Es el artículo N° 6 de la Ordenanza N° 12429, sancionada por el Concejo Municipal el 12 de Octubre pasado, y dice: “El Departamento Ejecutivo Municipal en virtud de la clasificación establecida en la reglamentación parcial de la Ley Nacional Nº 20429 Decreto Nº 302/83, deberá determinar en el plazo máximo e improrrogable de dos (2) años la instrumentación progresiva de lo dispuesto en el artículo 2, debiendo otorgar mayor plazo de aplicación en aquellos explosivos que ocasionan menor impacto ambiental y peligrosidad en su manipulación y uso, contemplando otorgar el menor plazo de aplicación en aquellos explosivos que ocasionan mayor impacto ambiental y peligrosidad en su manipulación y uso. Asimismo deberá proceder a realizar una amplia divulgación de la presente norma y su reglamentación, comunicándola de forma fehaciente a los comerciantes de la ciudad a los que se les deberá entregar copia simple de la misma”.

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