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POLITICA

22 de enero de 2024

AFIP amplió el plazo para la recategorización del monotributo: ¿hasta cuándo hay tiempo?

La medida busca facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, brindando a los contribuyentes un tiempo adicional.

La Administradora Federal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) decidió extender el plazo para la recategorización semestral de pequeños contribuyentes. La Resolución General N° 4.309, sus modificatorias y complementarias, que establecía originalmente los requisitos y condiciones del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS), fue modificada para permitir que los contribuyentes cumplan con esta obligación hasta el 5 de febrero de 2024.

El artículo 20 de la mencionada resolución general establecía inicialmente que la recategorización semestral debía realizarse hasta el día 20 de los meses de julio y enero, con referencia a cada semestre concluido en junio y diciembre, respectivamente. Sin embargo, atendiendo a razones de administración tributaria y en consonancia con las peticiones de entidades profesionales, se decidió extender este plazo en particular para la recategorización correspondiente al semestre julio/diciembre de 2023.

Atendiendo a razones de administración tributaria y en consonancia con las peticiones de entidades profesionales, se decidió extender el plazoAtendiendo a razones de administración tributaria y en consonancia con las peticiones de entidades profesionales, se decidió extender el plazo

Modificaciones

Esta modificación implica que los contribuyentes tienen hasta el 5 de febrero de 2024 para llevar a cabo la recategorización, un plazo adicional que permitirá una planificación más adecuada y evitará posibles inconvenientes para aquellos que necesiten ajustar su categoría en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Es importante destacar que las obligaciones de pago resultantes de esta recategorización tendrán efectos para el período comprendido entre el 1 de febrero de 2024 y el 31 de julio de 2024. Esto significa que, a partir de febrero, los contribuyentes verán reflejados los cambios en sus obligaciones fiscales de acuerdo con la nueva categorización que realicen hasta la fecha límite establecida.

A partir de febrero, los contribuyentes verán reflejados los cambios en sus obligaciones fiscales. Créditos: Pablo AguirreA partir de febrero, los contribuyentes verán reflejados los cambios en sus obligaciones fiscales. Créditos: Pablo Aguirre

La AFIP, al tomar esta decisión, tuvo en cuenta no solo la necesidad de brindar flexibilidad a los contribuyentes, sino también de garantizar una adecuada administración tributaria. La participación activa de las entidades representativas de profesionales en ciencias económicas en este proceso refleja la importancia de la colaboración entre el sector público y privado para lograr soluciones que beneficien a ambas partes.

Fuente:El Litoral

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