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24 de abril de 2023

Denunciaron penalmente a Larreta por uso "sin justificación racional" de datos biométricos

El fiscal había consignado que tomó conocimiento de posibles irregularidades en el "uso de datos biométricos por parte del Gobierno de la Ciudad" en el marco de un convenio suscripto entre ese organismo y el Ministerio de Justicia y Seguridad de CABA en 2019.

La Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA) denunció penalmente por "violación de secretos" a las autoridades del gobierno porteño por la presunta utilización de datos biométricos sin una "justificación racional". 

La investigación fue realizada por el fiscal Sergio Rodríguez, quien el último jueves resolvió, en un expediente de 31 páginas, efectuar la denuncia penal por hechos que se encuadran en el de "acción pública previsto en el artículo 157" del Código Penal. 

Ese artículo prevé penas de un mes a dos años de cárcel e inhabilitación al funcionario público que "revelare hechos, actuaciones, documentos o datos que por ley deben ser secretos". 

El viernes último, la causa fue sorteada y será el Juzgado Federal y Correcional N° 3 el que en adelante investigue los hechos. 

En las actuaciones previas, el fiscal había consignado que tomó conocimiento a partir de notas periodísticas de posibles irregularidades en el "uso de datos biométricos por parte del Gobierno de la Ciudad" provistos por el Registro Nacional de las Personas (Renaper), en el marco de un convenio suscripto entre ese organismo y el Ministerio de Justicia y Seguridad de CABA en 2019, cartera que en aquel momento era conducida por Marcelo D'Alessandro, quien renunció al cargo por la filtración de chats de otra causa. 

En ese convenio se estableció que el Renaper brindaría "información disponible en sus sistemas informáticos" para "identificar y/o verificar la identidad de las personas sobre las cuales el Ministerio desarrolle las tareas requeridas por el Ministerio Público Fiscal, el Poder Judicial Nacional, Provincial y de la Ciudad Autónoma". 

Pero en el mismo acuerdo se establecía que "se encontraba prohibida la utilización de la información brindada" para "fines distintos a los mencionados".

Fuente: LT9

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