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PANDEMIA

30 de abril de 2021

Media sanción al aumento de multas por violar protocolos: $53.000 por no usar barbijo

El Senado santafesino aprobó el proyecto enviado por el gobierno. En cuanto a los organizadores de fiestas clandestinas las multas van de los 160.000 a casi 270.000 pesos.

El Senado santafesino dio media sanción al aumento de las multas por incumplir los protocolos para prevenir los contagios en el marco de la pandemia de coronavirus. De aprobarse la ley, quienes no usen tapabocas, no respeten las restricciones horarias para la circulación o incumpla el límite del factor ocupacional en comercios, deberán pagar una multa que supera los 53.000 pesos. En el caso de organizadores de fiestas clandestinas, las multas contempladas van de los 160.000 a casi 270.000 pesos.

La Cámara alta provincial dio media sanción al proyecto enviado por el gobierno santafesino sobre el régimen sancionatorio especial, complementario al establecido en el Código de Convivencia de la Provincia, vigente mientras dure la emergencia sanitaria.

Hasta el momento las multas por incumplimiento de las medidas dictadas para prevenir la suba de contagios por Covid-19 son de tres unidades JUS (cada una tiene un valor actual de $5.366,16) y, de sancionarse la norma, pasarían a ser 10 JUS, equivalente a $53.661.60.

Según detalla el proyecto, las sanciones abarcan a quienes:

â–ºNo utilicen elementos de protección de nariz, boca y mentón, o los utilizaran incorrectamente.

â–ºIncumplan el límite horario y de días habilitados para actividades.

â–ºNo respeten el factor de ocupación de los espacios habilitados por protocolo.

â–ºEmpleadores que omitan la provisión a las personas a su servicio de equipos de protección personal.

â–ºQuiene no realicen el control de síntomas de Covid-19 al ingreso a las instalaciones o ámbito de tareas, o de la debida higienización de herramientas y maquinaria.

â–ºNo cumplan con las medidas de limpieza y ventilación adecuada de ambientes.

â–ºParticipen en reuniones familiares o con vínculos afectivos, en celebraciones religiosas o eventos en las que participen más personas que las autorizadas o en días no autorizados, o utilicen espacios públicos no habilitados para las mismas.

El proyecto que ya tiene media sanción del Senado también incluye un agravamiento especial de la multa hasta treinta unidades JUS para quienes organicen un evento que viole las prohibiciones, y de hasta 50 JUS cuando se trate de "actividades realizadas en nombre, representación, amparo o beneficio de una persona de existencia ideal, con independencia de la responsabilidad de los autores materiales de la falta".

Para estos casos el monto de la multa asciende a $160.984.80 en el primer caso y $268.308.00 en el segundo.

Fuente:La Capital

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