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5 de septiembre de 2025

Claudia Zamora estuvo en la sesión donde se trató la reforma de los DNU y la ley de emergencia en discapacidad

El Senado aprobó la modificación del régimen legal de los decretos presidenciales e insistió en la ley que declara la emergencia en discapacidad.

La senadora Claudia Ledesma Abdala de Zamora estuvo presente hoy en la sesión del Senado de la Nación en la cual la Cámara alta aprobó la insistencia en la ley de declaración de emergencia en discapacidad y el proyecto de ley que modifica el régimen de los decretos presidenciales.

En primera instancia, el Senado resolvió insistir en la sanción del proyecto de ley que declara la emergencia en discapacidad en todo el territorio nacional hasta el 31 de diciembre de 2026 y que fuera vetado totalmente por el Poder Ejecutivo Nacional. De esta forma, ambas Cámaras del Congreso insistieron con la sanción de dicha ley.

 

El proyecto establece diferentes medidas de promoción y protección que deberá garantizar el Poder Ejecutivo Nacional, a través de los organismos competentes, y declara de interés público nacional los servicios de los prestadores para la atención de las personas con discapacidad.

El Senado aprobó también modificaciones al régimen legal de los Decretos de Necesidad y Urgencia, Delegación Legislativa y de Promulgación Parcial de las Leyes. El proyecto dispone que cada decreto deberá versar sobre una única materia, que ambas Cámaras podrán dar tratamiento a los decretos aun durante el receso parlamentario, y establece las condiciones de aceptación o rechazo de un decreto dictado por el Poder Ejecutivo.

En este sentido, los decretos se considerarán aprobados cuando así lo dispongan expresamente ambas Cámaras por la mayoría absoluta de los miembros presentes, en un plazo de 90 días corridos contados desde su publicación en el Boletín Oficial. Asimismo, el rechazo del decreto por una de las Cámaras del Congreso de la Nación, o el vencimiento del plazo previsto, implicará su derogación.

El proyecto también dispone que, rechazado un decreto de necesidad y urgencia o de delegación legislativa, el Poder Ejecutivo no podrá dictar otro sobre la misma materia durante ese año parlamentario.

Fuente: Diario Panorama

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