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19 de abril de 2020

Chequeá el cronograma de pago del bono de $10 mil



Anses informó las fechas de cobro del Ingreso Familiar de Emergencia para los beneficiarios que cuentan con CBU, a partir del 21 de abril hasta el 5 de mayo. Mirá.

Fechas según la terminación de DNI

Para quienes sean beneficiarios, no dispongan de un CBU para la acreditación automática y hayan optado por "otra modalidad de cobro", se informarán las fechas correspondientes en la web de Anses, las cuales serán desde el 6 de mayo.

En este caso, el cobro se efectuará por Correo Argentino o la aplicación de "Pago Efectivo".

 

 

Denuncias por robo de datos vía telefónica

Por otra parte, la Administración Nacional de Seguridad Social recordó este miércoles, ante reiteradas denuncias, que Anses no se comunica por teléfono para requerir datos de tarjetas de débito o claves bancarias, al tiempo que destacó el acceso a la atención personalizada del organismo a través del 130, en el marco de la pandemia de coronavirus.

"Todos los trámites y consultas referidos a las prestaciones y programas de la Seguridad Social son absolutamente gratuitos y no necesitan de gestores externos", informó el organismo en un comunicado.

En este contexto y frente a la emergencia sanitaria por la pandemia de Covid-19, Anses publicó en el Boletín Oficial la Resolución 90/2020 que establece a su servicio de atención telefónica, mediante la línea 130, como "servicio esencial e indispensable para la comunidad".

En el comunicado, Anses recuerda que el 130 funciona con dos esquemas de atención:

- La atención automática las 24 horas los 365 días del año, que permite obtener "información general sobre las prestaciones y programas que lleva adelante la Anses, la fecha y el lugar de cobro de las prestaciones, el estado de un expediente o la designación a una Obra Social".

- La atención personalizada de lunes a viernes de 8 a 16 horas mientras dura el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, donde los interesados "pueden consultar la liquidación de beneficios y sus créditos (en caso de tenerlos vigentes), cambios en el lugar de cobro, empadronamiento y actualización de datos de una Obra social, reclamo de impagos, Pensión Derivada Automática y liquidación de Asignaciones Familiares por Matrimonio, Nacimiento y Adopción".

Entre los fundamentos de la Resolución 90/2020, Anses mencionó que se establece la excepción "a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución y hasta tanto se extienda el aislamiento social, preventivo y obligatorio" para mitigar los casos de coronavirus en el país.

"A fin de poder brindar atención personalizada a todos los ciudadanos que llaman a la línea 130 de la Anses resulta necesario reabrir las oficinas de atención telefónica y los call center de los prestadores de servicio, considerándoles un servicio esencial", concluyen los considerandos de la Resolución.

Informe de Federico Albarenque.

 

fuente: cadena 3

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