Miércoles 23 de Septiembre de 2026

Hoy es Miércoles 23 de Septiembre de 2026 y son las 01:24 -

INFORMACION GENERAL

27 de octubre de 2019

Se votó la adhesión a la Ley sobre Violencia Laboral

Se entiende por violencia laboral toda forma de abuso de poder que tiene por finalidad someter o excluir a una trabajadora o trabajador de su lugar de trabajo. Puede presentarse como agresión física, acoso sexual y/o violencia o maltrato psicológico. La adhesión a la ley provincial fue impulsada por el concejal Juan Cesoni.

El Concejo votó este jueves la adhesión a la Ley Provincial sobre Violencia Laboral. El proyecto tuvo su origen en la bancada justicialista – a instancias del concejal Juan Cesoni (Bloque PJ-Santa Fe)

Según la sanción “las funcionarias y funcionarios y/o empleadas y empleados de la administración municipal no podrán ejercer sobre otras u otros las conductas que la presente Ordenanza define como violencia laboral”. A renglón seguido la Ordenanza –artículo 3º- define como “violencia laboral toda forma de abuso de poder que tiene por finalidad someter o excluir a una trabajadora o trabajador de su lugar de trabajo. La violencia laboral configura una violación a los derechos laborales y humanos. Puede presentarse como agresión física, acoso sexual y/o violencia o maltrato psicológico.”

La Ordenanza explicita acciones y conductas. “Se entiende por violencia física toda conducta que directamente o indirectamente está dirigida a ocasionar un daño físico sobre el trabajador y/o la trabajadora”, dice la norma. Luego reza “se entiende por acoso sexual toda conducta o comentario con connotación sexual, no consentidos por quien los recibe, basados en el poder, que condicionan o perjudican su cumplimiento o desempeño laboral, creando un entorno de trabajo intimidatorio y humillante”

Finalmente define violencia o maltrato psicológico “a la situación en la que una persona o grupo de personas ejercen un maltrato modal o verbal, alterno o continuado, recurrente y sostenido en el tiempo sobre un trabajador o trabajadora, buscando desestabilizarlo/a, aislarlo/a, destruir su reputación, deteriorar su autoestima, disminuir su capacidad laboral, y así poder degradarlo/a y alejarlo/a progresivamente del lugar que ocupa”.

El artículo 5º de la sanción señala que “ningún trabajador o trabajadora que haya denunciado ser víctima de las acciones enmarcadas como violencia laboral o haya comparecido como testigo de las partes podrá por ello ser sancionado/a ni despedido/a ni sufrir perjuicio salarial y/o personal alguno”.

“El órgano de aplicación de la Ordenanza será la Dirección de Personal del Departamento Ejecutivo Municipal, del Honorable Concejo Municipal y de los organismos y entes municipales descentralizados, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones”, continúa el articulado.

“Por cada denuncia que se reciba, se creará un expediente y la misma seguirá su curso según los procedimientos contemplados en la Ley Provincial Nº 9.286 -Estatuto y escalafón del personal de municipalidades y comunas de la Provincia de Santa Fe. Las sanciones se aplicarán según lo previsto en el Estatuto y escalafón del personal”

“Para llevar adelante el tratamiento de las denuncias recibidas, se podrá contar con el asesoramiento y trabajo conjunto con los distintos organismos e instituciones que trabajan por ambientes de trabajo libres de violencia, como la Red Sindical, Defensoría del Pueblo, Oficina de Asesoramiento en Violencia Laboral dependiente de la Secretaría de Trabajo de la Nación, entre otras creadas o a crearse”, reza finalmente la norma.

Concejal Cesoni: “Lograr ambientes de trabajo dignos”

Según explicó el concejal Juan Cesoni “la Organización Internacional del Trabajo describe a los términos `violencia y acoso´ en el mundo del trabajo como un conjunto de comportamientos y prácticas inaceptables, o de amenazas de tales comportamientos y prácticas, que tengan por objeto o sean susceptibles de causar, un daño físico, psicológico, sexual o económico, haciendo referencia también a la violencia y acoso por razón de género”.

“El trabajo digno implica un trato sin ningún tipo de discriminación por razones del sexo, raza, nacionalidad, religión, políticas, gremiales, de edad o por cualquier otra circunstancia”, dijo el concejal Cesoni.

“Esta ordenanza representa un avance en la defensa de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, por cuanto contempla e insiste en lograr ambientes de trabajo dignos, donde todos y todas puedan desempeñar sus tareas de manera saludable”, concluyó.

La marcha más grande de Chile desde Santiago

 
   

 

 

Fuente: Agenciafe

COMPARTIR:

Notas Relacionadas

INFORMACION GENERAL
La Fiesta Nacional del Zapallo vuelve a Ceres con tres jornadas de música y tradición

La Fiesta Nacional del Zapallo vuelve a Ceres con tres jornadas de música y tradición

El tradicional evento se realizará del 10 al 12 de octubre en las instalaciones del Club Central Argentino Olímpico. La programación incluirá música tropical, folclore y propuestas para toda la región, con entradas generales desde $5.000.

INFORMACION GENERAL
Por qué este 21 de septiembre no empieza oficialmente la primavera 2026 en Argentina

Por qué este 21 de septiembre no empieza oficialmente la primavera 2026 en Argentina

Pese a los festejos populares de esta fecha, el cambio de estación astronómico ocurrirá formalmente en el país durante la noche del martes 22.

INFORMACION GENERAL
Ruta 11: realizan obras de recuperación de la calzada entre Vera y Malabrigo

Ruta 11: realizan obras de recuperación de la calzada entre Vera y Malabrigo

Las tareas se concentran entre los kilómetros 731 y 734 e incluyen fresado, bacheo profundo, reciclado de la base y colocación de una nueva carpeta de pavimento. También continúan trabajos de conservación y desmalezado en distintos sectores de la traza entre Gobernador Crespo y Avellaneda.

Comentarios

Escribir un comentario
Tu comentario se publica directamente al enviarlo.
Comentarios
Aun no hay comentarios, sé el primero en escribir uno.