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18 de diciembre de 2018

Glifosato: ahora sí quedó prohibida su venta libre

No se podrá comercializar en comercios como viveros, ferreterías o mercados. Sólo se autoriza la venta de este herbicida en locales que sean habilitados, supervisados e inscriptos en un registro especial de vendedores de productos agropecuarios de la ciudad.

Fueron las idas y venidas de una ordenanza sancionada a finales de agosto por el Concejo local, luego vetada parcialmente por el Ejecutivo y, hace dos sesiones, el propio Cuerpo Legislativo aceptó ese veto. La ordenanza en cuestión quedó así derogada; pero ahora, con una nueva norma consensuada y sancionada por unanimidad en la última sesión, se subsanó la situación respecto de este producto.

 

Este ordenanza en cuestión incorpora dos artículos a una ordenanza de marzo de 2008 (la N° 11.462), que ya prohibía el uso aéreo de productos fitosanitarios de clase toxicológica de los grupos I, II, III (el glifosato está dentro de este último grupo “ligeramente peligroso”, de acuedo al Senasa) y IV (“sin peligro alguno”) dentro del ejido urbano de la ciudad. Y, en su aplicación terrestre, sólo se autorizaba el uso de estos dos últimos grupos de agroquímicos para el control de maleza. Aquella vieja ordenanza no versaba taxativamente sobre la comercialización del producto en cuestión.


Ahora, las nuevas incorporaciones del articulado apuntan a este tema, ampliando y acaso mejorando aquella norma de hace 10 años. “La comercialización del producto glifosato sólo estará permitida en los locales que cuenten con una habilitación especial para ello. Dicha habilitación será otorgada a través de la inscripción de un registro de Vendedores de Productos Agropecuarios o Fitosanitarios de la ciudad, creado a tal efecto”, dice el nuevo texto.


Allí “deberán registrarse tosos aquellos comercios que posean como actividad comercial o secundaria la comercialización de dichos productos, estableciéndose el cumplimiento de la condiciones de comercialización de herbicidas en el marco de la Ley de Plaguicidas de la provincia, su reglamentación y las normas nacionales, acreditado a través de un profesional competente”, dice la nueva norma.


Finalmente, el otro artículo incorporado dispone que, para cumplir con los procedimientos de habilitación y de registración, “el Ejecutivo tendrá un plazo perentorio de 90 días, tiempo en el cual los comercios que no se encuentren debidamente habilitados e inscriptos en el respectivo registro deberán cesar la comercialización de los productos fitosanitarios en cuestión, y serán plausibles de multas” previstas en el Régimen de Infracciones y Penalidades de la ciudad.


Qué implica


“En términos prácticos, esta nueva ordenanza prohíbe la venta libre del compuesto glifosato en la ciudad: no se podrá comercializar más en locales como viveros, almacenes, ferreterías, kioscos (habitualmente su uso doméstico es de “matayuyos”, y se aplica en patios y jardines). Sólo se podrá comercializar en locales especializados para la venta de productos fitosanitarios y bajo supervisión técnica: habrá un profesional que autorizará la venta, caso por caso”, explicó a El Litoral Juan C. Cesoni (Bloque PJ - Santa Fe). Los comerciantes habilitados deberán inscribirse en un registro que se creará a tal fin.


“Entendimos que el veto parcial que había hecho el Ejecutivo estaba acertado, porque quizás no era del todo clara la norma que habíamos sancionado en agosto pasado”, admitió el edil. “Así, aceptamos los argumentos técnicos (del veto). Pero se mantiene el objetivo original: no se puede esparcir glifosato en el territorio de la ciudad, y no se puede comercializar este producto libremente como ocurre hoy, sino a través de locales especializados, supervizados, habilitados e incriptos en un registro especial”, subrayó Cesoni. “Esto pone a la ciudad de Santa Fe, junto con Gualeguaychú (Entre Ríos) como las ciudades del país que más en profundidad han regulado en esta materia”.


“Una buena solución”


Carlos Pereira (UCR-Cambiemos), quien había “militado” aquella primera ordenanza de 2008, declaró en el recinto: “Está clara la importancia la economía de la provincia la utilización de este compuesto que permite la cosecha y siembra de algunos cultivos, tal el caso de la soja. Pero siempre consideramos que (la aplicación) debe hacerse en condiciones de alta seguridad medioambiental y sanitaria, sobre todo para las personas que viven cerca de las áreas donde el producto es utilizado”.


“En la ciudad hay empresas vinculadas a la actividad agropecuaria que son proveedoras de estos insumos. No se quiere afectar esta actividad económica; pero una cosa es la utilización el manos de expertos, y otra es el alcance a la mano de cualquier persona de este producto (glifosato). Con esta norma llegamos a una buena síntesis en lo que sancionamos: en la ciudad, sólo se puede comercializar este herbicida siempre que se cumplan los recaudos que marca la ordenanza, en orden a la regulación provincial y nacional”, agregó.


Para Pereira este norma fue “una muy buena solución”: “Ahora los yuyos de cualquier jardín se deben sacar con cualquier tipo de cortadora, y el glifosato quedará reservado a aquellos que tienen una actividad económica bajo supervisión de expertos”, cerró.

El Litoral Santa Fe - ellitoral.com




 

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