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ECONOMIA

24 de diciembre de 2025

La Justicia ordenó actualizar salarios docentes y becas universitarias

Un juez federal declaró inaplicable un decreto del Ejecutivo y dispuso el cumplimiento inmediato de la ley de financiamiento universitario.

El juez Martín Cormick, a cargo del Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11, resolvió hacer lugar a una medida cautelar y ordenó al Poder Ejecutivo la inmediata actualización de las partidas presupuestarias destinadas al pago de salarios docentes y becas estudiantiles, conforme a lo establecido en la Ley de Financiamiento de la Educación Universitaria y Recomposición del Salario Docente (Ley 27.795). El magistrado consideró que el Decreto 759/2025, que suspendió la aplicación de la norma, presenta elementos claros de “arbitrariedad e ilegalidad”.

La resolución se dictó en el marco de un amparo colectivo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional y otras organizaciones, que cuestionaron la validez del decreto presidencial que dejó sin efecto la ley pese a la insistencia de ambas cámaras del Congreso.

En su fallo, Cormick explicó que las medidas cautelares deben adoptarse únicamente en situaciones excepcionales, cuando se verifican actos de arbitrariedad y existe un daño grave que no puede repararse por otros medios. En ese sentido, remarcó que la cautelar solicitada debía ser analizada con especial prudencia, ya que alteraba el estado actual de las cosas.

El juez señaló que la medida tiene carácter innovador, dado que ordena el cumplimiento inmediato de la ley 27.795, lo que implica la actualización de los fondos destinados a salarios docentes y becas estudiantiles. Este tipo de resoluciones, indicó, son excepcionales porque modifican la situación jurídica y fáctica existente y anticipan, en parte, el resultado final del proceso.

Asimismo, sostuvo que el planteo cumplía con los requisitos previstos en la ley 26.854 para la adopción de medidas cautelares innovadoras y afirmó que el Poder Ejecutivo incurrió en una clara violación de un deber legal al suspender la aplicación de la norma. En ese marco, recordó que la insistencia del Congreso en la sanción de la ley debe ser respetada, ya que, una vez ratificada, su promulgación y cumplimiento resultan obligatorios.

Respecto del “peligro en la demora”, el magistrado destacó el perjuicio económico que la falta de actualización salarial provoca en docentes y estudiantes, lo que justificó la urgencia de aplicar la ley. Según indicó, el deterioro de los ingresos afecta no solo a los trabajadores, sino también al derecho constitucional de enseñar y aprender.

En relación con el interés público, Cormick consideró que el costo fiscal de implementar la ley sería reducido, estimado en un 0,23% del Producto Bruto Interno, mientras que su no aplicación continúa vulnerando derechos laborales y afectando la calidad educativa.

Finalmente, el juez sostuvo que la decisión del Poder Ejecutivo de suspender la ley vulnera el principio de división de poderes, dado que el Congreso había ratificado la norma mediante el procedimiento de insistencia. Por ello, resolvió admitir la cautelar, declarar inaplicable el Decreto 759/2025 y ordenar al Estado Nacional el cumplimiento de las disposiciones de la ley 27.795 vinculadas al financiamiento universitario y la recomposición salarial docente.

La medida cautelar tendrá vigencia hasta el dictado de una sentencia definitiva y fue concedida bajo caución juratoria.

Fuente: Sin Mordaza

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