ECONOMIA
11 de diciembre de 2025
Reforma laboral de Javier Milei: los cambios que vienen y cómo impactarán en empresas y trabajadores

El Gobierno presentó los detalles del proyecto que busca modernizar el mercado de trabajo. Habrá cambios en indemnizaciones, vacaciones, jornada laboral, aportes sindicales y Ganancias.
El Gobierno de Javier Milei adelantó los puntos centrales del proyecto de modernización laboral antes de enviarlo al Senado. La iniciativa integra el documento final del Consejo de Mayo y apunta a modificar reglas estructurales del empleo argentino: desde contribuciones patronales hasta indemnizaciones, jornada laboral, convenios colectivos y régimen sindical.
El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, afirmó que el texto “ya está terminado” y que el objetivo es “dejar atrás el 50% de informalidad”. También aclaró que las cajas sindicales y los aportes obligatorios no tendrán cambios inmediatos, y aseguró que esas discusiones quedarán para una segunda ley.
A continuación, los puntos más relevantes de la reforma laboral.
Contribuciones patronales: baja de alícuotas y creación del FAL
El proyecto propone una reducción generalizada y permanente de contribuciones para el empleo actual:
- El aporte empleador al sistema de obras sociales baja del 6% al 5%.
- Las contribuciones a Seguridad Social caen 3 puntos.
Además, las empresas deberán aportar un 3% de la masa salarial para los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), diseñados para financiar las indemnizaciones. Ese monto se descontará de los aportes al SIPA.
También habrá rebajas temporales para quienes incorporen nuevos trabajadores.
Indemnizaciones por despido: nueva base de cálculo y pago en cuotas para pymes
La reforma elimina de la base indemnizatoria las sumas que no se consideren “salarios en especie”, como vacaciones, aguinaldo, propinas o premios.
Para las pymes se habilita la posibilidad del pago en cuotas.
El nuevo sistema de indemnizaciones funcionará a través de los FAL, administrados por entidades financieras habilitadas por la CNV, con una comisión del 2% sobre los recursos.
En los juicios laborales, la actualización deberá seguir un índice equivalente al IPC más 3%.
Vacaciones: opción de fraccionarlas desde 7 días
El proyecto habilita que empleadores y trabajadores acuerden un fraccionamiento mínimo de 7 días, algo que ya ocurre de hecho en algunas actividades.
Jornada laboral: más horas, bancos de horas y contratos parciales
La iniciativa permite ampliar la jornada diaria de 8 a 12 horas, siempre que se garantice un descanso mínimo de 12 horas.
También se incorporan:
- Bancos de horas para compensar extras con francos.
- Contratos a tiempo parcial, con jornadas inferiores a la legal.
Salarios: pagos en pesos o dólares y “salario dinámico”
El proyecto define con precisión qué se considera salario y habilita pagos:
- En pesos o moneda extranjera.
- Parcialmente en especie.
Además, introduce el concepto de “salario dinámico”, que puede surgir de convenios colectivos o decisiones unilaterales del empleador, vinculado al mérito personal o productividad.
Los sindicatos advierten que puede tensionar los pisos salariales de convenio.
Cuotas sindicales: retención solo con autorización expresa
Las empresas dejarán de estar obligadas a retener automáticamente la cuota sindical. Solo podrán hacerlo con autorización expresa del trabajador.
Respecto a las cuotas solidarias, el proyecto no las menciona, pero al fijar el fin de la ultraactividad de los convenios, esas contribuciones quedarían sin efecto y deberán renegociarse.
Convenios colectivos: fin de la ultraactividad y prioridad para convenios por empresa
La reforma propone:
- Eliminar la ultraactividad y renegociar cláusulas obligacionales en 1 año.
- Mantener cláusulas normativas, aunque la Secretaría de Trabajo podrá suspenderlas.
- Cambiar la prelación: los convenios de ámbito menor prevalecerán sobre los mayores, incluso si son anteriores.
- Simplificar la obtención de personería gremial para sindicatos de empresa.
Huelgas y protestas: nuevas categorías de servicios esenciales y sanciones
La reforma incorpora:
- Más actividades consideradas esenciales.
- Una nueva categoría de “actividades de importancia trascendental”.
- Limitaciones a las asambleas, que no generarán remuneración.
- Sanciones agravadas por bloqueos o tomas de empresas.
Ganancias y beneficios impositivos: baja de alícuotas y un mini RIGI
Entre las medidas fiscales se destacan:
- Reducción del impuesto a las Ganancias para empresas:
- De 30% a 27%.
- De 35% a 31,5%.
- Exención por alquileres de vivienda: Se exime del impuesto a las ganancias a la renta obtenida por el alquiler de inmuebles destinados a vivienda (habitación). Esta exención se amplía para incluir el valor locativo. Esto busca aumentar la oferta de propiedades en alquiler para vivienda.
- Exención de rentas financieras: Se eximen del impuesto a las ganancias a las personas humanas que inviertan en rentas financieras, incluyendo acciones, obligaciones negociables y ADRs, salvo monedas digitales. Se eliminan las limitaciones actuales al eximir la compraventa de valores, incluso cuando no coticen en mercados autorizados.
- Eliminación de impuestos internos sobre cigarrillos, bebidas alcohólicas, productos electrónicos, autos, motos, perfumes, celulares, embarcaciones, aeronaves y otros bienes suntuarios.
- Creación del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI):
- Inversiones desde US$ 150.000 para microempresas hasta US$ 30 millones para grandes compañías.
- Disponible para firmas locales y extranjeras sin antecedentes tributarios.
Fuente: Aire Digital
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