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POLITICA

27 de noviembre de 2025

Tributaria 2026: una por una, todas las medidas de baja de impuestos que propone el gobierno santafesino

Los ministros de Economía, Pablo Olivares, de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini; y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Roald Báscolo expusieron los principales lineamientos del proyecto que deberá ser tratado en la Legislatura.

El Gobierno de Santa Fe presentó los lineamientos centrales de la Ley Tributaria 2026, cuyo objetivo es dar previsibilidad, aliviar la carga fiscal y promover la actividad económica. Los ministros de Economía, Pablo Olivares, de Desarrollo Productivo, Gustavo Puccini; y de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Roald Báscolo. fueron los encargados de explicar los alcances del proyecto.

La iniciativa mantiene descuentos significativos para el pago de Patente e Inmobiliario y suma beneficios para sectores productivos, pymes y actividades estratégicas. Además, los contratos de alquiler para vivienda única quedan exentos del impuesto al sello, al igual que los créditos hipotecarios destinados a primera vivienda.

Presentación ley tributaria 2026.Los funcionarios presentaron el proyecto ante la opinión pública.

Las medidas

API

Quienes estén al día al 31 de diciembre de 2025 mantendrán un 20% de descuento más la exención de la sexta cuota, lo que implica un beneficio estable del 33%. A ello se suma un 35% por pago anual anticipado o un 15% por adhesión al débito automático. Así, el ahorro total puede alcanzar el 56% para quienes opten por el pago anual, o el 43% en caso de adherir al débito automático.

Para el Impuesto Inmobiliario, la actualización se definió mediante un promedio entre inflación y salarios (RIPTE) correspondiente a los últimos seis meses. El resultado es un ajuste del 14% para el primer semestre del 2026, por debajo de la inflación proyectada.

En el caso de la Patente Automotor, no se modifican las alícuotas y se establece un tope de incremento del 30% para vehículos hasta modelo 2022.

Exenciones para viviendas

Los contratos de alquiler destinados a vivienda única quedarán exentos del impuesto al sello. La misma exención alcanza a los créditos hipotecarios dirigidos a la adquisición de primera vivienda.

Producción, industria y pymes

La ley prorroga la estabilidad tributaria para pymes y mantiene reducciones de alícuotas. Más de 3.000 pequeñas y medianas empresas dejarán de actuar como agentes de retención, lo que simplifica trámites y reduce costos administrativos.

El 65% de la industria no paga Ingresos Brutos y otro 32% abonará una alícuota efectiva del 1,05%. Las empresas que trabajen bajo contratos de fasón (fabricación a pedido de un terceros) serán consideradas industriales, reduciendo también su carga tributaria.

Sector agropecuario

El sector agropecuario continuará exento del pago de Ingresos Brutos. El Inmobiliario Rural tendrá una actualización del 14% en el primer semestre y descuentos del 50%, 40% o 30% según superficie y zona.

Los arrendatarios recibirán un crédito fiscal equivalente a parte del impuesto abonado: 50% en los departamentos del norte, 40% en los del centro y 30% en los del sur. Los alquileres rurales y los contratos asociativos de producción tambera quedan exentos del impuesto de sellos, y la maquinaria agrícola no pagará Patente Automotor.

cosecha sojaEl sector agropecuario continuará exento del pago de Ingresos Brutos.

Comercio y servicios

Por la combinación de beneficios, 211.000 comercios tendrán una alícuota neta de entre el 1,5% y el 2,5%. De ese total, 163.000 accederán al beneficio gracias a la deducción del costo de la energía. Otros 48.000 que hoy tributan más del 2,5% pasarán a un tope del 2,5%, que se reduce aún más con la deducción energética hasta alcanzar una alícuota neta del 1,75%.

Los comercios y el sector hotelero podrán descontar el 100% de lo que paguen de Inmobiliario del valor de Ingresos Brutos, y ambos quedarán exentos del impuesto de sellos por contratos de alquiler.

En este esquema, y teniendo en cuenta la posibilidad de deducir hasta un 30% de lo abonado por consumo eléctrico, hoteles y alojamientos tendrán una alícuota final del 3,15%.

Transporte, taxis, remises y actividad financiera

El transporte de carga contará con un crédito fiscal del 60% sobre lo pagado de Patente, que podrá descontar de Ingresos Brutos. Para el transporte de leche fluida el crédito será del 100%. Taxis y remises también podrán descontar de Ingresos Brutos el total de lo abonado por Patente.

Los bancos y las billeteras virtuales que otorguen créditos productivos tendrán incentivos: podrán deducir hasta un 25% de la base imponible del impuesto cuando financien a pymes, emprendedores, viviendas, leasing o vehículos para taxis y remises.

Fuente: El Litoral

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