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11 de octubre de 2023

Rigen medidas excepcionales para la vacunación antiaftosa en Santa Fe

Se adoptaron en el marco de la intensa sequía, para llevar a cabo una campaña ordenada y acorde a cada situación. Se aplican sobre movimientos forzosos de hacienda y comprenden permisos para trasladar tropas sin inocular en casos puntuales.

Luego de un nuevo encuentro de la Comisión Provincial de Sanidad Animal (Coprosa), el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la provincia informa cuestiones a tener en cuenta para el inicio del segundo ciclo de vacunación anual antiaftosa que comenzó este lunes 9 de octubre.

Como todos los años, en este segundo ciclo deberán vacunarse sólo categorías menores: toritos, novillitos, vaquillonas, terneros/as. Sin embargo, debido a la intensa sequía que atraviesa la Región Centro del país, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SeNaSa) estableció medidas excepcionales para la revacunación anual antiaftosa.

En este contexto, y ante la necesidad de realizar movimientos forzosos de hacienda, se podrán realizar con la vacunación parcial de la tropa en cuestión y un acta que así lo acredite.

Adicionalmente, se exceptúa del cumplimiento de la vacunación contra la fiebre aftosa, durante los primeros 15 días de la segunda campaña del año en curso (desde el 9 hasta el 23 de octubre), a los movimientos de bovinos y bubalinos procedentes de establecimientos agropecuarios que aún no hayan cumplimentado la vacunación referida, siempre y cuando el destino de estos animales sean establecimientos que, al momento de su recepción, tampoco lo hayan hecho.

En esos casos, cuando se realice la vacunación sistemática del establecimiento destino, se deberá vacunar a la totalidad de los animales existentes en él, de acuerdo con la categoría correspondiente a vacunar según la campaña en curso.

Además, estará permitido como medida excepcional el movimiento directo a faena sin vacunación durante todo el período de duración de la campaña (45 a 60 días según la jurisdicción). Esta medida no se aplica en el caso de hacienda con destino a faena en remates ferias.

Ante cualquier circunstancia especial, se aconseja a los productores mantener plena y permanente comunicación con su oficina local del SeNaSa, a los fines de sobrellevar un desarrollo de campaña antiaftosa ordenado y acorde a cada situación.

Fuente:Campo Litoral

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