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19 de agosto de 2022

Declaran inconstitucional el cobro de retenciones

Se trata de un fallo en primera instancia de un juez federal de Junín, provincia de Buenos Aires. Aunque dan por sentado que será apelado, los productores consideraron que "es una buena noticia en la búsqueda de otras alternativas de defensa de los derechos del sector agropecuario".

El Juzgado Federal de Junin, a cargo del magistrado Héctor Pedro Plou resolvió declarar la inconstitucionalidad de las disposiciones del Decreto 851/2021 a partir del 1 de enero de 2022, normativa que se aplica a las alícuotas de derechos de exportación (retenciones) al sector agropecuario.

Al respecto, el abogado y ex presidente de la Sociedad Rural de Junín, Alejandro Barbieri, quien impulsó el amparo judicial junto a su colega Luis Panetta, manifestó: "si bien nos encontramos ante una sentencia que no se encuentra firme, seguramente debatible en otras instancias judiciales, es una buena noticia en la búsqueda de otras alternativas de defensa de los derechos del sector agropecuario".

Asimismo, agregó: "la gran novedad es que quienes se benefician con la sentencia son los mismos productores agropecuarios ya que ellos mismo fueron reconocidos como legitimados para realizar el reclamo".

El fundamento de la presentación es el mismo en todos los casos. Básicamente es un planteo de inconstitucionalidad de las retenciones con el fundamento de que no hay una delegación expresa de facultades de parte del Congreso al Ejecutivo para establecer los Derechos de Exportación.

Porque la ley de Emergencia con la que el Congreso le otorgaba facultades extraordinarias al Ejecutivo para fijar las retenciones venció el 31 de diciembre último. Entonces, el Ejecutivo mandó junto con la Ley de Presupuesto la prórroga de la Emergencia y, en virtud de que la Ley de Presupuesto fue rechazada en Diputados, no hubo prórroga de la Emergencia.

Fuente:Campo Litoral

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