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4 de enero de 2022

Abrió la inscripción para Procrear Casa Propia: montos, financiación y detalles

Se abrió la inscripción para quienes busquen acceder al crédito para la construcción de viviendas nuevas, para refacciones y mejoras en viviendas. Los montos en cada línea, la financiación y cómo inscribirse.

A partir de hoy, el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat abrió la inscripción, para aquellos que busquen acceder al crédito para la construcción de viviendas nuevas. También se lanza la línea de créditos para refacciones y mejoras en viviendas. Se trata de la línea de crédito Casa Propia de Procrear.
Existen dos tipos de créditos Casa Propia de Procrear: para construcción de viviendas y para refacción de viviendas ya construidas. Estas líneas de crédito otorgan más de 4 millones de pesos y plazos de hasta 30 años de plazo.
 
El Crédito de Casa Propia Procrear es un beneficio que aporta soluciones para financiar hasta el 100% de la construcción de viviendas, de hasta 60 metros cuadrados que se asienten en lote propio.
Para ello, el Ministerio de Desarrollo Territorial ofrece montos que llegan a $4 millones y plazos de 30 años.

 

En tanto, aquellos que buscan acceder a los créditos a tasa cero para la construcción, deben reunir las siguientes condiciones:

-Ser argentino/a natural o por opción, o extranjero con residencia permanente
-Contar con Documento Nacional de Identidad vigente
-Contar con ingresos provenientes de trabajos formales, jubilaciones y/o pensiones. La suma de los ingresos mensuales netos del grupo familiar deberá estar entre los $53.500 y $175.000
-Tener entre 18 y 64 años al momento de la inscripción
-No ser propietarios/as o copropietarios/as de bienes inmuebles, con excepción de los casos previstos en las Bases y Condiciones
-No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos 9 meses
-No encontrarse inhibido/a
-Registrar 12 meses de antigüedad en la actividad (empleados/as e independientes)
-No se admitirán terrenos que se encuentren en barrios cerrados o privados, que su tasación supere los $3.500.000, o que no sean de titularidad de los/as solicitantes (salvo familiares directos)
-El terreno deberá estar escriturado antes del 31/3/2021, salvo que el terreno provenga de un organismo público
-Solo será posible construir los Modelos de Viviendas del Programa (a excepción de quienes construyan al fondo o arriba de la casa de sus padres)
-La construcción deberá destinada a la Construcción de vivienda única, familiar y de ocupación permanente y no superar los 60 m2 de superficie

El Crédito Casa Propia Procrear es un beneficio que aporta soluciones para financiar la compra de materiales y mano de obra, para refacción y mantenimiento.
Para ello, el Ministerio de Desarrollo Territorial ofrece una línea de créditos, con montos entre $100.000 y $240.000, a pagar en 36 meses.
El plazo de pago es a través de financiación con tasa Hogar, que ajusta el capital según la evolución de los salarios.
Están destinados para que los interesados con casa propia puedan solucionar problemas de condensación, filtración de agua y aire en cubierta y muros, terminar paredes de interior, revestimientos, aislar techos, reemplazar aberturas, recambio de artefactos de iluminación y cableados, colocar pisos, entre otras reformas.
 
Los interesados en acceder a los créditos para la refacción o construcción de vivienda, deben cumplir las siguientes condiciones previas a la inscripción:

-Ser argentino/a natural o por opción, o extranjero con residencia permanente
-Contar con Documento Nacional de Identidad vigente
-Contar con ingresos provenientes de trabajos formales, Jubilaciones y/o Pensiones. La suma de los ingresos mensuales netos del grupo familiar deberá estar entre los $25.000 y $175.000
-Tener entre 18 y 68 años al momento de la inscripción
-Ser propietario o alquilar un inmueble que cuente con algún tipo de déficit cualitativo
-No registrar antecedentes financieros desfavorables en los últimos 9 meses
-No encontrarse inhibido/a
-Registrar 12 meses de antigüedad en la actividad (empleados/as e independientes)

 

Los participantes podrán incluir solo un/a cotitular, al que deberán estar unidos/as por alguno de los siguientes vínculos:

-Matrimonio, en este caso, el/la cónyuge será considerado/a cotitular automáticamente
-Unión convivencial
-Unión de hecho, siempre que coincidan los domicilios declarados por el/la titular y cotitular.

Fuente:LT9

   

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