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POLITICA

2 de septiembre de 2026

Santa Fe busca frenar el robo de celulares con un estricto control a la reventa ilegal

Un proyecto de ley crea un registro provincial para fiscalizar comercios, exigir trazabilidad de repuestos y sancionar la negativa a desbloquear equipos.

El Poder Ejecutivo de Santa Fe ingresó a la Legislatura provincial un proyecto de ley para crear el Sistema Provincial de Intervención de los Mercados Ilícitos de Dispositivos Tecnológicos, una iniciativa orientada a desarticular el circuito económico que impulsa el robo y hurto de teléfonos celulares y aparatos afines. La iniciativa –según precisaron a AIRE desde el Ministerio de Seguridad- fue trabajada en conjunto con el Ministerio Público de la Acusación ( MPA).

La propuesta parte de la premisa de que la sustracción de estos equipos dejó de ser un delito aislado para convertirse en una economía criminal organizada que se sustenta en la comercialización, desguace, reparación y reutilización clandestina de componentes como placas, módulos y pantallas.

Santa Fe busca frenar el robo de celulares con un estricto control a la reventa ilegal

La propuesta parte de la premisa de que la sustracción de estos equipos dejó de ser un delito aislado para convertirse en una economía criminal organizada que se sustenta en la comercialización, desguace, reparación y reutilización clandestina de componentes como placas, módulos y pantallas.

La propuesta parte de la premisa de que la sustracción de estos equipos dejó de ser un delito aislado para convertirse en una economía criminal organizada que se sustenta en la comercialización, desguace, reparación y reutilización clandestina de componentes como placas, módulos y pantallas.

El proyecto designa al Ministerio de Justicia y Seguridad como autoridad de aplicación y dispone la creación del Registro Provincial de Comercialización de Celulares y Dispositivos Afines. En este sistema deberán inscribirse obligatoriamente todas las personas humanas o jurídicas que compren, vendan, permuten, acopien o reparen aparatos usados o sus repuestos.

Los comerciantes tendrán que asentar en un registro de operaciones el número de IMEI o identificador equivalente, marca, modelo, color, número de serie y estado funcional de cada equipo, además de los datos personales del vendedor con DNI, la descripción de los repuestos utilizados y la nómina de dispositivos ingresados para reparación. Asimismo, la falta de documentación respaldatoria que acredite el origen legítimo será considerada un indicador objetivo de riesgo.

Inspecciones en locales, depósitos y talleres

En materia de control, la normativa otorga facultades a las autoridades para realizar inspecciones en locales, depósitos y talleres, pudiendo aplicar medidas preventivas como la inmovilización de bienes, el resguardo de aparatos y la clausura preventiva del establecimiento. Para los infractores se establece un régimen de sanciones que abarca desde apercibimientos y multas de 1 a 1.000 unidades Jus hasta el decomiso de la mercadería y la clausura o suspensión del local por un plazo de hasta 30 días. Si durante una revisión se detecta un equipo con denuncia activa de robo o con el IMEI alterado, el comerciante deberá notificar de inmediato al Ministerio Público de la Acusación.

El proyecto designa al Ministerio de Justicia y Seguridad como autoridad de aplicación y dispone la creación del Registro Provincial de Comercialización de Celulares y Dispositivos Afines. En este sistema deberán inscribirse obligatoriamente todas las personas humanas o jurídicas que compren, vendan, permuten, acopien o reparen aparatos usados o sus repuestos.

El proyecto designa al Ministerio de Justicia y Seguridad como autoridad de aplicación y dispone la creación del Registro Provincial de Comercialización de Celulares y Dispositivos Afines. En este sistema deberán inscribirse obligatoriamente todas las personas humanas o jurídicas que compren, vendan, permuten, acopien o reparen aparatos usados o sus repuestos.

La iniciativa incluye además modificaciones clave al Código Procesal Penal y al Código de Faltas Provincial (Ley 10.703). Por un lado, faculta al personal policial a requerir la exhibición del identificador electrónico único a cualquier ciudadano en la vía pública y proceder a la requisa y secuestro del aparato en caso de negativa o de coincidencia con un pedido de secuestro.

Por otro lado, modifica el artículo 58 del Código de Faltas para sancionar con hasta 20 días de arresto o multas de hasta 10 Jus a quienes se nieguen injustificadamente a colaborar con medidas de identificación o autenticación mediante el uso de claves, patrones de desbloqueo o datos biométricos, cuando exista un deber legal de hacerlo. Una vez promulgada la ley y habilitado el registro, los comerciantes dispondrán de un plazo de 90 días corridos para adecuar su funcionamiento.

Fuente: Aire Digital

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