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ECONOMIA

27 de noviembre de 2025

La provincia de Santa Fe baja impuestos en 2026: cuáles son los beneficios y quiénes podrán acceder

El Gobierno de Santa Fe presentó este miércoles la Ley Tributaria 2026 y anunció inéditas bajas de impuestos para los contribuyentes.

La Ley Tributaria 2026 ingresó este miércoles a la Legislatura provincial con un paquete de medidas que apunta a bajas de impuestos que el Gobierno de la provincia de Santa Fe define como “inéditas” y orientadas a reducir la carga fiscal, ordenar las actualizaciones y promover la producción en todo el territorio.

El proyecto plantea un esquema que combina descuentos para contribuyentes cumplidores, alivios para familias y estímulos directos para la industria, el comercio, el agro y los servicios, con el objetivo de impulsar la actividad económica en un contexto complejo.

Un nuevo esquema tributario en Santa Fe

La iniciativa enviada por el Ejecutivo establece tres pilares:

  • Alivio a la carga fiscal.
  • Topes de actualización por debajo de la inflación.
  • Beneficios orientados al empleo y la producción.

Dos medidas se destacan por su carácter innovador: el descuento de Ingresos Brutos equivalente al salario del nuevo empleado contratado y la posibilidad de deducir del mismo tributo parte del costo de la energía eléctrica abonada a la EPE o a cooperativas. Ambos puntos buscan incentivar la formalización del empleo y reducir gastos operativos en un contexto de altos costos energéticos.

Lo que se plantea es que por cada nuevo empleado registrado que aumente la dotación, la empresa podrá deducir del pago de IIBB el sueldo bruto de ese empleado (hasta 1 RIPTE).

El descuento de Ingresos Brutos equivalente al salario del nuevo empleado contratado y la posibilidad de deducir del mismo tributo parte del costo de la energía eléctrica abonada a la EPE o a cooperativas. Ambos puntos buscan incentivar la formalización del empleo.

El ministro de Economía, Pablo Olivares, presentó los lineamientos acompañado por los titulares de Desarrollo Productivo y Trabajo, Gustavo Puccini y Roald Báscolo, respecticamente, y remarcó que el proyecto constituye “una reducción efectiva de la carga tributaria, con actualizaciones inferiores a la inflación y herramientas para fortalecer la producción y el empleo”.

Contribuyentes cumplidores: descuentos que pueden superar el 50%

Uno de los bloques más relevantes de la Ley Tributaria está dirigido a quienes estén al día con sus obligaciones al 31 de diciembre de 2025, en torno a los impuestos "inmobiliario, patentes y sobre embarcaciones".

 

Ese universo mantendrá:

  • 20% de descuento.
  • Exención de la sexta cuota, que eleva el beneficio estable al 33%.

A eso se suman los incentivos por modalidad de pago:

  • 35% por pago anual anticipado.
  • 15% por adhesión al débito automático.

Así, el ahorro total puede llegar al 56% para quienes paguen de manera anticipada, o al 43% si optan por débito automático.

  En cuanto a Patente Automotor, se mantienen las alícuotas vigentes y se fija un tope de incremento del 30 % para modelos hasta 2022.

En el Impuesto Inmobiliario, la actualización se definió mediante un promedio entre inflación y salarios (Ripte) de los últimos seis meses, lo que arroja un aumento del 14% para el primer semestre de 2026, por debajo de la inflación proyectada.

 

En cuanto a Patente Automotor, se mantienen las alícuotas vigentes y se fija un tope de incremento del 30% para modelos hasta 2022.

Vivienda: exenciones para alquileres y créditos hipotecarios

El proyecto contempla alivios para el acceso y mantenimiento de la vivienda:

  • Los contratos de alquiler de vivienda única quedarán exentos del impuesto a los Sellos.
  • Lo mismo ocurrirá con los créditos hipotecarios para la compra de primera vivienda.
Los contratos de alquiler de vivienda única quedarán exentos del impuesto al sello.

Industria y pymes: estímulos directos y estabilidad tributaria

El capítulo productivo concentra algunos de los cambios más relevantes del proyecto. Además del beneficio por contratación de empleados y la deducción energética, la iniciativa incluye los siguientes beneficios:

  • Prorroga la estabilidad tributaria para pymes.
  • Mantiene la reducción de alícuotas.
  • Elimina la obligación de actuar como agentes de retención para más de 3.000 empresas, lo que simplifica trámites y baja costos administrativos.

El impacto en la estructura impositiva industrial es significativo:

  • 65% de la industria no pagará Ingresos Brutos.
  • 32% abonará una alícuota efectiva del 1,05%.
Elimina la obligación de actuar como agentes de retención para más de 3.000 empresas, lo que simplifica trámites y baja costos administrativos.

Además, las empresas que operen bajo contratos de fasón serán consideradas industriales, lo que implica una reducción en su carga tributaria.

Sector agropecuario: alivios en las actualizaciones

El agro mantiene la exención total de Ingresos Brutos y suma beneficios adicionales:

  • Actualización del impuesto Inmobiliario Rural del 14% en el primer semestre.
  • Descuentos del 50%, 40% o 30%, según superficie y zona.
  • Crédito fiscal para arrendatarios equivalente a parte del impuesto pagado: 50% para departamentos del norte, 40% para los del centro y 30% para los del sur.

Además:

  • Los alquileres rurales y los contratos tamberos asociativos quedan exentos del impuesto a los Sellos.
  • La maquinaria agrícola no pagará Patente Automotor.

Comercio y servicios: deducción energética y alivio para 211 mil comercios

El comercio, los servicios y la hotelería también tendrán un impacto directo en sus liquidaciones:

  • 211.000 comercios tendrán una alícuota neta de entre 1,5% y 2,5%.
  • 163.000 alcanzan esos niveles gracias a la deducción energética.
  • 48.000 que hoy tributan más del 2,5% bajan a un tope del 2,5%, que puede reducirse a 1,75% con la deducción de energía.

Adicionalmente:

  • Comercios y hoteles podrán descontar el total del Inmobiliario del monto de Ingresos Brutos.
  • Ambos quedan exentos de Sellos por alquileres.
  • La posibilidad de deducir hasta 30% del costo de la energía deja una alícuota final del 3,15% para hoteles y alojamientos.

Transporte, taxis, remises y actividad financiera: beneficios específicos

El proyecto también incorpora beneficios sectoriales:

  • Transporte de carga: crédito fiscal del 60% sobre lo pagado de Patente, aplicable a Ingresos Brutos.
  • Transporte de leche fluida: crédito fiscal del 100%.
  • Taxis y remises: podrán descontar de Ingresos Brutos el total de lo abonado por Patente.

En el sistema financiero:

  • Bancos y billeteras virtuales que otorguen créditos productivos podrán deducir hasta 25% de la base imponible cuando financien pymes, emprendedores, viviendas, leasing o vehículos para taxis y remises.

Fuente: Aire Digital

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