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ECONOMIA

19 de marzo de 2025

En 10 días hábiles casi 100 personas adhirieron al blanqueo en Santa Fe

A partir del 26 de febrero quedó habilitada la posibilidad de adhesión al blanqueo en la provincia de Santa Fe, con los principios establecidos en la Ley Tributaria para este año. El trámite se puede realizar de manera online y estará disponible hasta el 30 de abril.

El Gobierno provincial a través de la Administración Provincial de Impuestos (API), habilitó el pasado 26 de febrero la posibilidad de adherir en Santa Fe al Régimen de Regularización de activos, contemplado en la Ley 27.743 y reglamentado por la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), actualmente Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). En solo diez días hábiles se registraron en la provincia 97 adhesiones al denominado blanqueo.

“Santa Fe brindó, según lo establecido en su ley tributaria, la posibilidad de adhesión al blanqueo en nuestra provincia, para que aquellas personas que habiendo adherido a la Ley Nacional, puedan también obtener el denominado tapón fiscal para los tributos provinciales. Lo normado en la ley provincial, nos permite brindar una seguridad jurídica, sin dejar de ser justos con los contribuyentes cumplidores”, expresó el ministro de Economía Pablo Olivares.

La posibilidad de adhesión en la provincia estará disponible hasta el 30 de abril y puede realizarse de manera online a través de https://www.santafe.gov.ar/index.php/tramites

Tributaria 2025

En diciembre del 2024 la Legislatura santafesina sancionó la Ley Tributaria (14.386) que estableció para la adhesión en nuestra provincia al Régimen de Regularización de activos, cuatro principios prioritarios:

1) Que toda medida debe subordinarse a la política de seguridad, entendiéndose que tal medida resulte compatible con la política de seguridad y no genere externalidades negativas a la misma.

2) Que la oportunidad brindada a un sujeto que incumpliera oportunamente deberes fiscales, debe considerarse de carácter excepcional.

3) Que quien acceda a dicha posibilidad debe cumplir con todos los demás deberes tributarios.

4) Ecuanimidad con quienes fueron cumplidores.

Fuente: Desafios Productivos

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