8 de abril de 2018
Agroquímicos: se formó el grupo interministerial que deberá clarificar y unificar pautas en todo el país
Agroquímicos: se formó el grupo interministerial que deberá clarificar y unificar pautas en todo el país
En el Ministerio de Agroindustria de la Nación quedó formalmente constituído el Grupo de Trabajo Interministerial sobre Buenas Prácticas en la Aplicación de Fitosanitarios que en un plazo de 90 días deberá presentar los principios que regirán las políticas públicas de agroquímicos en la agricultura y, particularmente, en las zonas periurbanas, respecto a las cuales algunas provincias y municipios han adoptado dispares normas, sobre todo cuando se trata de establecer áreas de protección o prohibición. El Ing. Marcos Blanda integra el Grupo representando al Consejo Federal Agropecuario.
La conformación del Grupo y sus fines fueron establecidos a principios de febrero por una Resolución conjunta de los Ministerios de Agroindustria y de Ambiente de la Nación.
En el primer artículo de la disposición se precisaba que “las actividades de aplicación de productos fitosanitarios para la agricultura en la actividad agrícola en general, y en especial en zonas de amortiguamiento o “buffer”, deben realizarse conforme a buenas prácticas agrícolas y sujetas a sistemas de control y monitoreo adecuados”.
El Grupo Interministerial está integrado por delegados del Ministerio de Salud; del Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva; del Consejo Federal de Medio Ambiente (COFEMA); del Consejo Federal Agropecuario (CFA); del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable; del Ministerio de Agroindustria; del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA); y del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).
Marcos Blanda, con un rol central
Un aspecto destacado para la provincia de Córdoba es que, en eL Grupo, el representante del Consejo Federal Agropecuario -un ente integrado por todos los ministerios productivos provinciales-es un funcionario del Ministerio de Agricultura y Ganadería cordobés, el Secretario de Agricultura, Ing. Agr. Marcos Blanda.
La elección de Blanda, días atrás, contó con el apoyo unánime de los miembros del CFA, que tomaron en cuenta que la ley provincial 9164 de productos fitosanitarios que se aplica en territorio cordobés es pionera en la problemática de agroquímicos.
Por tanto, el Secretario de Agricultura cordobés estuvo en la reunión inaugural del Grupo Interministerial representando al Consejo Federal Agropecuario.
Una conveniente re-lectura
Es pertinente repasar algunos de los fundamentos de la Resolución Conjunta 1/2018 de los Ministerios de Agroindustria y de Ambiente y Desarrollo Sustentable (para acceder a su texto completo, hacer CLIC aquí).
Por ejemplo, cuando se menciona que la Comisión Nacional de Investigación sobre Agroquímicos (CNIA), creada por el Decreto N° 21 del 16 de enero de 2009, solicitó al Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET) la creación de un Consejo Científico Interdisciplinario para la evaluación de la información científica vinculada al glifosato en su incidencia en la salud humana y el ambiente.
Se añade que dicho Consejo Científico Interdisciplinario informó en el mes de julio de 2009, entre otras, que bajo condiciones de uso responsable (entendiendo por ello la aplicación de dosis recomendadas y de acuerdo con buenas prácticas agrícolas), el glifosato y sus formulados implicarían un bajo riesgo para la salud humana o el ambiente, poniendo de relieve la importancia fundamental de las buenas prácticas.
Se subrayaba también que en el marco de la Red de Buenas Prácticas Agropecuarias se han elaborado dos documentos de referencia técnica, a saber: las Pautas sobre Aplicaciones de Productos Fitosanitarios en Áreas Periurbanas, y las Recomendaciones para Normativas de Departamentos, Municipios y Partidos que regulen sobre Aplicación de Productos Fitosanitarios.
La Resolución Conjunta señalaba igualmente que no obstante los antecedentes citados, resulta conveniente acordar y clarificar los principios que deben regir las políticas públicas nacionales de competencias de ambos Ministerios sobre las aplicaciones de productos fitosanitarios en la agricultura y la alimentación, con especial atención sobre las aplicaciones en zonas de amortiguamiento o “buffer” adyacentes a áreas que requieren especial protección.
FUENTE: AGROVERDAD
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